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Marcas no tradicionales. (parte 1)

¿Sabías qué, en México ya se pueden registrar marcas “no tradicionales”, entre las cuales se encuentran las siguientes: olfativas, sonoras e imagen comercial, entre otras?…

En agosto de 2018 entró en vigor la reforma a la Ley de Propiedad Industrial, misma que permite registrar marcas olfativas, sonoras, holográfica, imágenes comerciales o combinación de las anteriores, es decir, marcas no tradicionales. Al día de hoy, en México ya se han otorgado títulos marcarios de signos perceptibles por los sentidos que no solamente sean visibles; entre las primeras cuatro marcas que se otorgaron el presente año y las cuales recurren a los sentidos del olfato, oído y tacto, se encuentran las siguientes:

  • Marca olfativa a Sureste Sustentable S.A. de C.V. para una pintura con olor a bambú.
  • Marca de imagen comercial a Germán Flores, diseñador, para una maceta decorativa de tres piezas en forma de figurín.
  • Marca olfativa a Hasbro, Inc. para una masa de modelar de juguete con olor a una combinación de dulce con una fragancia con tinte de vainilla, cereza y el olor natural de una masa basada en harina de trigo.
  • Marca sonora, a Grupo Gran Café de la Parroquia de Veracruz S.A.P.I. de C.V., del sonido que nos evoca inmediatamente imágenes y recuerdos: una cuchara que golpea tres veces el vaso de vidrio del café.

Entre las marcas “no tradicionales” se encuentran las siguientes: Marcas Sonoras, Marcas Olfativas, Gustativas, Holográficas, Imagen comercial, y de certificación. De las cuales hablaremos un poco más en el siguiente bloque.

Autor: Mercedes Maldonado |Partner Legal en Business Goal

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